El Gobierno promulgó la Ley de licencia especial paga para el cuidado de un familiar con enfermedad crónica o prolongada grave con tratamiento fuera de la provincial

El proyecto aprobado por unanimidad por la Legislatura otorga una Licencia Especial para el cuidado de un familiar con una enfermedad con tratamiento fuera de la provincia. Esta licencia sería “para el cuidado de hijos, hermanos, padres, cónyuges, concubinos o convivientes, pupilos, incapaces o familiares a cargo”.

Todo aquel con residencia en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, que tenga una familiar que requiera tratamiento fuera de la provincia, podrá acceder a esta licencia. Deberá ser reglamentada por el Poder Ejecutivo, y para ello tiene un plazo máximo de “30 días corridos” desde la publicación de la ley.

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Según la norma sancionada el pasado 2 de septiembre se podrá acceder a esta licencia, con la indicación del profesional tratante en la especialidad. Asimismo, deberá ser aprobada por “la autoridad administrativa competente del personal de los tres poderes del Estado provincial; sus reparticiones u organismos centralizados, descentralizados, entes autárquicos y empresas del Estado provincial”.

Licencia Especial para el cuidado de un familiar con una enfermedad
Licencia Especial para el cuidado de un familiar con una enfermedad
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Además, ley 1374 determina que esta nueva licencia especial debe “otorgarse con goce íntegro de haberes”. La misma, se otorgará por un plazo “de hasta 365 días corridos a partir de la emisión del diagnóstico; pudiéndose extender por periodos de 60 días mientras persista la enfermedad o el tratamiento y la necesidad de cuidados personales por parte del agente”. 

Precisa además como “plazo máximo total de la Licencia Especial” con pago total de haberes “2 años”; y que una vez superado ese plazo “el agente percibirá el 50% de sus haberes por 1 año” más. Cumplido esos 3 años, en caso de prorrogarse la Licencia “será sin goce de haberes”.